Después de leer la última versión del documento hemos llegado a la conclusión de que no lo podemos respaldar con el actual planteamiento. En este post vamos a explicar los motivos principales de nuestra discrepancia.
El borrador actual es el trasunto del
proyecto de Ley de Salud Mental que se está debatiendo ahora en el Congreso de los Diputados. Tanto la Estrategia como el borrador de la Ley tienen la misma idea principal: la mejora de la atención en salud mental se basa en un avance en los derechos de las personas con enfermedades mentales.
Este planteamiento puede sonar bien para aquellos que no conozcan la situación real de la atención en salud mental. Pero si analizamos el detalle del texto encontramos que parte de la premisa de que en la actualidad no se están respetando los derechos de las personas con enfermedad mental de forma sistemática. Esta afirmación es inaceptable.
Los autores del documento afirman literalmente: “Luchar por el reconocimiento y ejercicio de los derechos, y la recuperación de los que se han perdido arbitrariamente, es el objetivo principal en cualquier política de atención a las personas con problemas de salud mental” (página 51). Es decir, en opinión de los autores, en la actualidad los profesionales estamos privando de derechos a nuestros pacientes de forma arbitraria.
Más adelante aparece en el texto un concepto que ya hemos encontrado en el proyecto de Ley de Salud Mental y que ya hemos comentado en otro post:
Prevención del daño asociado a la asistencia sanitaria. Prevención cuaternaria.
Que es definido así: “...intervención que evita o atenúa las consecuencias de la actividad innecesaria o excesiva del sistema sanitario. Pretende evitar el sobrediagnóstico y sobretratamiento, para prevenir el daño asociado a la asistencia sanitariaThe ” (página 59). Más adelante desarrolla el concepto (página 59):
“Las prácticas basadas en la evidencia deben guiar las intervenciones sanitarias para evitar daños prevenibles y procurar la seguridad del paciente durante el proceso asistencial. Para ello es imprescindible contar con la participación activa de la persona con problemas de salud mental, poniendo en la balanza los riesgos y beneficios contrastados por la medicina basada en pruebas. En los tratamientos, y especialmente en el uso de los medicamentos, se debe contar con la persona y hacerla partícipe no olvidando que la alianza terapéutica es el factor más importante asociado a un buen pronóstico clínico, teniendo en cuenta que la indicación de no-tratamiento es una intervención más del repertorio asistencial. Dentro del plan de atención individualizado el tratamiento no farmacológico incluye programas y actividades avalados por la evidencia científica como, por ejemplo, mejorar las destrezas de vida independiente (destrezas motoras, destrezas de procesamiento y destrezas de interacción personal), y fomentar actividades significativas que potencien, fortalezcan y mejoren los hábitos, rutinas y los roles de los usuarios.
Los autores del documento tienen una imagen de los psiquiatras como que sólo estamos interesados en administrar fármacos, y nada más. Y piensan que rechazamos cualquier otro tipo de intervención rehabilitadora. Del texto se deduce que si estamos dando fármacos provocamos un daño, que es evitable no dando los fármacos y añadiendo otras actividades rehabilitadoras. Una afirmación absurda.
En España hay psiquiatras trabajando en todo tipo de recursos de corta, media y larga estancia. También los hay que trabajan en hospitales de día, y otros están orientados hacia la psicoterapia. Está claro que todos nuestros colegas intentan ejercer la profesión con el máximo respeto a los derechos de los pacientes, y muchas veces en contextos muy difíciles, y con escasez de recursos. No hay más que pasarse por una urgencia psiquiátrica en una gran ciudad para saber a que nos estamos refiriendo.
Introducir el concepto de prevención cuaternaria es una falta de respeto al conjunto de psiquiatras que trabajamos en España. ¿Por qué no se habla de prevención cuaternaria en Cardiología, o en Oftalmología, o en Gastroenterología? Parece como si los autores del texto tuvieran una imagen de la atención psiquiátrica de mediados del siglo pasado que queda reflejada en películas clásicas como
Alguien voló sobre el nido del cuco.
En la actualidad el concepto moderno es la “Seguridad del Paciente”. Hasta el propio Ministerio de Sanidad tiene una
Estrategia sobre Seguridad del Paciente. Este modelo tiene un enfoque transversal que es aplicable a todo el ámbito sanitario, y se centra en la prevención de efectos adversos en la atención sanitaria. Asumiendo que los efectos adversos pueden ocurrir en cualquier especialidad. Se echa de menos la aplicación de este concepto en el borrador de la Estrategia en Salud Mental.
Otra cuestión importante es la no inclusión de las adicciones. Parece como si no fuera un problema de salud mental. A diferencia de otros países, en España ha habido una separación entre las redes de salud mental y de adicciones. Este problema se ha detectado hace años, y se está intentando revertir en algunas comunidades autónomas integrando ambas redes. Hoy en día es extraordinariamente prevalente la patología dual, donde hay una combinación de trastorno mental grave y conductas adictivas. En estos casos lo adecuado es que el paciente sea tratado en una única red asistencial y no en dos (salud mental y adicciones). A los redactores del texto no les parece una cuestión relevante.
Finalmente, y para no hacer excesivamente largo este artículo, hacemos una última reflexión: no se hace ninguna mención a la salud mental penitenciaria. Desde el nuestro punto de vista este es un problema fundamental que lleva años sin resolverse. Salvo en Cataluña, País Vasco y Navarra, las Comunidades Autónomas han rechazado sistemáticamente asumir la atención sanitaria en los centros penitenciarios en general, y la salud mental en particular. Es de sobra conocido que la prevalencia de enfermedades mentales graves cuadruplica la que encontramos en la población general. En la actualidad, los mayores servicios de Psiquiatría no están en los hospitales sino en los grandes centros penitenciarios. Los trastornos psicóticos son frecuentes en las prisiones, y la tasa de suicidios también es superior a la media nacional.
Llama la atención cómo el documento dedica líneas estratégicas al suicidio o a la salud mental infanto juvenil, y en cambio no dice nada sobre la prevención del suicidio en las prisiones, o la rehabilitación de los menores infractores. Hay países como Italia que hasta hace diez años tenían un sistema de salud mental penitenciario similar al nuestro, y han realizado una gran transformación.
No se puede hablar de dar derechos a los pacientes sin analizar el derecho a una atención de salud mental digna, que no hay en el ámbito penitenciario. Por otro lado, hay una gran desigualdad entre comunidades autónomas en lo referente a la atención en salud mental penitenciaria. Hay comunidades que tienen unidades especializadas con un claro enfoque rehabilitador, y otras, la gran mayoría, en las que no hay recursos mínimamente aceptables para rehabilitar a los pacientes psiquiátricos en los centros penitenciarios.
Y este último argumento lo extendemos al conjunto de la salud mental. El principal derecho que tiene un paciente con un trastorno mental es a una atención digna y con recursos suficientes. Está ampliamente demostrado que cuando hay recursos suficientes hay una menor restricción de derechos de los pacientes. Y estos recursos tienen que ser asignados basándonos en el conocimiento científico actual, y en las prácticas clínicas validadas empíricamente.
Todo esto y mucho más es lo que tiene que reflejar el Ministerio de Sanidad en la Estrategia de Salud Mental 2022-2026. Estamos dispuestos a colaborar con el Ministerio si entienden que hay muchas cosas que cambiar en el documento.
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