El TSJC rechaza el recurso de una funcionaria que solicitaba el reconocimiento de una discapacidad del 65% al 75% debido a fibromialgia, síndrome de fatiga crónica y sensibilidad química múltiple.
La sentencia confirma que la fibromialgia, por sí sola, no se considera una enfermedad discapacitante según el baremo de aplicación vigente. El tribunal señala que la discapacidad debe evaluarse en función de la repercusión física y/o psíquica que la enfermedad cause en cada caso particular.
El fallo se basa en un informe médico forense que concluye que la demandante tiene fibromialgia de grado moderado, síndrome de fatiga crónica de la misma intensidad, sensibilización química múltiple de grado severo y trastorno adaptativo mixto ansioso-depresivo. A pesar de estas condiciones, el tribunal considera que la funcionaria no cumple con los criterios para una discapacidad mayor.
La sentencia incluye un voto particular de una magistrada que lamenta la "histórica desatención legislativa y científica de la salud femenina" y aboga por reconocer una incapacidad del 77%. Sin embargo, la mayoría del tribunal no comparte esta opinión y mantiene que la evaluación debe seguir los criterios establecidos por la ley.
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